Como ya te contamos hace unos días, recientemente hemos obtenido la acreditación de ENAC (Entidad Nacional de Acreditación) para la inspección de instalaciones de ocio acuático de acuerdo con la normativa europea vigente (UNE EN 1069, partes 1 y 2, específica para toboganes acuáticos).
Ahora bien, para poder convertirnos en entidad acreditadora oficial, en The Fun Lab hemos obtenido la acreditación de la normativa UNE EN ISO/IEC 17020:2012, que establece los criterios generales en lo referido a la “Evaluación de la conformidad. Requisitos para el funcionamiento de diferentes tipos de organismos que realiza la inspección”, requisitos que deben cumplir los organismos de inspección que realizan inspecciones a terceros, es decir, las entidades de tipo A y tipo C, entre otros asuntos sobre su independencia e imparcialidad.
En España, las entidades de inspección acreditadas por ENAC, en el ámbito de Toboganes y Juegos Acuáticos, son o de tipo A o de tipo C. En ambos casos, las entidades pasan exactamente el mismo proceso de inspección bajo la norma mencionada.
TFL Consultoría y Proyectos de Ocio, S.L., sociedad de The Fun Lab, es una entidad e inspección de tipo C, en cuanto a los requisitos de independencia e imparcialidad que se exigen en la norma UNE EN ISO/IEC 17020:2012.
Así pues, poseer la acreditación de ENAC significa que se ha demostrado y que se dispone de los requerimientos obligatorios para garantizar la independencia y la imparcialidad de la actividad de inspección acreditada al respecto.
The Fun Lab, como entidad independiente de tipo C, no forma parte de ninguna entidad legal relacionada con el diseño, fabricación, suministro, instalación, compra, posesión, utilización o mantenimiento de los ítems inspeccionados. Sin embargo, sí que puede participar y realizar labores de consultoría para terceros en todos estos procesos.
Detallamos a continuación, en el siguiente gráfico, las diferencias entre una entidad tipo A y una entidad tipo C, y las actividades que puede o no realizar cada una de ellas:
Una entidad de inspección acreditada de tipo C tiene la misma capacidad técnica reconocida o superior, por su experiencia en el campo, para llevar a cabo inspecciones que una entidad acreditada tipo A. Por la actividad desarrollada por una entidad tipo C, esta está permanentemente en continua evolución de sus conocimientos relativos a materiales, instalaciones, productos, instalaciones y técnicas de instalación, así como sobre las incidencias del día a día.
Sin embargo, una entidad de inspección acreditada de tipo A únicamente puede realizar la actividad de inspección, por lo que si dicha entidad participa en los procesos anteriormente descritos y/o forma parte de otra entidad legal que participe de estos procesos, estará comprometiendo seriamente su acreditación incumpliendo, con ello, los requisitos de la norma.
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